lunes, 31 de diciembre de 2012

EMPLEADAS DEL HOGAR – MODIFICACIONES SEGURIDAD SOCIAL

Se ha publicado el Real Decreto-ley 29/2012 que realiza determinadas modificaciones en el Sistema Especial de Seguridad Social para Empleados del hogar. El objetivo de esta norma es corregir las anomalías que se han detectado en el funcionamiento del sistema; principalmente trata de dar solución al elevado número de empleados de hogar que siguen sin asegurar, con el consiguiente riesgo que ello implica tanto para los propios empleados como para los empleadores.

La modificación esencial es la que se refiere a los empleados del hogar que presten sus servicios durante un tiempo inferior a 60 horas mensuales por hogar familiar. Se trata de un colectivo muy numeroso que, en la mayoría de los casos, continúa sin asegurar. Para atender a estos supuestos se ha establecido la posibilidad de que, previo acuerdo con el empleador, sean los propios empleados quienes asuman las obligaciones de Seguridad Social (afiliación, alta, cotización). Digamos que, en cierta manera, es un retorno a la situación anterior, pero con diferencias esenciales, pues el empleador debe asumir una postura más activa.

Es un buen momento para regularizar a todos los empleados del hogar que siguen en situación de ilegalidad y, de esta forma, eliminar los riesgos que esa situación supone para los empleadores.

Es más fácil y económico de lo que parece. Ponte en contacto con nosotros y te lo gestionamos inmediatamente. Ya tenemos la documentación para aplicar las nuevas modificaciones.

Teléfono 915315954.

sábado, 22 de diciembre de 2012

ANULACIÓN DE LA TASA DE VADOS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID


La denominada “tasa de vados” del Ayuntamiento de Madrid fue modificada por un Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, lo que supuso que, a partir del año 2006, se incrementara extraordinariamente el importe correspondiente a dicha tasa.

La reacción jurídica ante dicho incremento, tras un largo camino (como suele ocurrir ordinariamente), consiguió que el Tribunal Supremo ratificara la nulidad de los Acuerdos del Ayuntamiento de Madrid*. Sin embargo, el hecho de que estos acuerdos haya sido anulados no conlleva necesariamente que las cantidades que los contribuyentes hayan abonado en exceso vayan a ser devueltas por el Ayuntamiento. El amparo jurídico del Ayuntamiento para no llevar a cabo la devolución de estas cantidades se fundamenta, en esencia, en que las liquidaciones practicadas por los ejercicios 2006 a 2011 son firmes y, por tanto, de acuerdo con la legalidad vigente (artículo 221.3 de la Ley General Tributaria y artículo 19.2 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales) no procede dicha devolución.

De forma muy sintética, dentro de la complejidad del asunto, cabe diferenciar los siguientes supuestos según se tenga derecho o no a que el Ayuntamiento proceda a la devolución de oficio de las cantidades pagadas en exceso:

·         Contribuyentes que en su momento formularon impugnación contra las liquidaciones:

1) SÍ tienen derecho a la devolución si:

-          La impugnación (recurso de reposición o reclamación económico-administrativa) no fue resuelta antes de la sentencia del Tribunal Supremo.
-          La impugnación fue resuelta pero se interpuso contra dicha resolución demanda ante los tribunales contencioso-administrativos.

2) NO tienen derecho a la devolución si:

-          La impugnación (recurso de reposición o reclamación económico-administrativa) fue resuelta y no se interpuso el correspondiente recurso o demanda contra la resolución.


·         Contribuyentes que en su momento NO formularon impugnación contra las liquidaciones:

NO tienen derecho a la devolución, pero  cabe, a su vez, distinguir dos supuestos:

1) Supuesto minoritario o excepcional: contribuyentes que, al conocer la sentencia del Tribunal Supremo, formularan recurso de revisión contra las liquidaciones en el plazo de los tres meses siguientes a la publicación de la sentencia.

Los únicos casos que llevamos en nuestro despacho se encuentran pendientes de resolver.

2) Supuesto mayoritario: contribuyentes que no hayan hecho nada, confiando en la buena voluntad del Ayuntamiento de Madrid.

A este supuesto mayoritario va dirigido el escrito que ponemos a disposición mediante el siguiente enlace: Solicitud REVOCACIÓN TASA DE VADOS.

Con el escrito se pretende que el Ayuntamiento de Madrid, como administración al servicio del ciudadano, revoque las liquidaciones giradas por la Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local con pasos de vehículos (conocida como “tasa de vados”) durante los ejercicios 2006 a 2011, dado que es evidente que las mismas se han practicado de acuerdo con unas normas que han sido anuladas.

No podemos garantizar que el Ayuntamiento de Madrid vaya a acoger las solicitudes que, de acuerdo con nuestros argumentos, se formulen, pero sí podemos decir que esos argumentos son válidos y que, para el supuesto de que no se tengan en cuenta y se denieguen las peticiones, podría acudirse a la jurisdicción contencioso-administrativa con el objeto de obligar al Ayuntamiento a iniciar el procedimiento de revocación de las liquidaciones por la “tasa de vados” incorrectamente realizadas.


* Para acceder a la documentación (sentencias, ordenanza fiscal, etc.) relativa a este asunto pueden acudir a nuestro foro: http://sanza.foroactivo.com/t43-tasa-de-vados-ayuntamiento-de-madrid

domingo, 16 de diciembre de 2012

EMPLEADAS DE HOGAR – NUEVA REGULARIZACIÓN

ACCEDE A DOS AÑOS DE BONIFICACIÓN


Desde la positiva experiencia con que contamos en SANZA SOLUCIONES y ante la llegada del nuevo año, vamos a realizar una nueva campaña con el objeto de que todas aquellas personas que quieran regularizar a sus empleadas de hogar puedan hacerlo de forma rápida y económica.
¿POR QUÉ?
Porque legalmente es necesario y de no hacerlo los empleadores pueden verse en determinadas situaciones conflictivas (accidentes, multas, reclamaciones…)
¿CUÁNDO?
Hasta el día 31 de diciembre, en horario ininterrumpido de 9 de la mañana a 8 de la tarde. En SANZA SOLUCIONES, Calle Juan Ramón Jiménez nº 2 – 1º C de Madrid (28036), teléfono 915315954, correo-e.: sanza@sanzasoluciones.com.
BONIFICACIONES
Las cuotas de seguridad social del sistema de empleadas de hogar no son tan elevadas como podría pensarse. Según las horas de trabajo, la cuota puede ascender a la insignificante cantidad de 14,19 euros.
Al dar de alta a la empleada de hogar se accede a una bonificación en las cuotas a pagar del 20 por 100. Si el alta se produce hasta de fin de año la bonificación durará durante dos años.
TRANQUILIDAD
Para evitar cualquier problema. Aunque no se regularice la situación de la empleada del hogar, el empleador se encuentra sometido a una normativa laboral muy estricta, con todo lo que ello puede suponer en cuanto a despidos, reclamación de condiciones, horarios… Cada día hay más demandas por estos motivos. No vale la pena asumir el riesgo.
CONFÍA EN NUESTRA PROFESIONALIDAD
NO TE DEFRAUDAREMOS

DESDE 30 €

lunes, 10 de diciembre de 2012

CONTRATOS DE TRABAJO - NAVIDAD


Actualmente existen innumerables modalidades de contrato de trabajo. Compruébalo pinchando AQUÍ .
En el período navideño los profesionales y comerciantes necesitan más personal para atender al incremento de producción de dichas fechas. Y no siempre emplean el contrato más adecuado, ni el que supone mejores condiciones.
Es muy difícil desenvolverse en el laberinto de la contratación laboral. Y no solamente a la hora de contratar sino, especialmente, cuando el contrato finaliza, momento en el que surgen muchas preguntas: ¿existe indemnización? ¿tengo que preavisar? ¿pueden demandarme? ¿debe firmar algo el empleado?...
En SANZA SOLUCIONES te ofrecemos el asesoramiento que necesitas y tramitamos toda la documentación para que no exista ningún problema.
Confía en nuestra profesionalidad durante estas fechas y no te arrepentirás el próximo año.
DESDE 50 EUROS

Teléfono 915315954

lunes, 19 de noviembre de 2012

PARALIZACIÓN DESAHUCIOS ESCRITO A PRESENTAR

El Real Decreto-ley 27/2012, de 15 de noviembre, permite SUSPENDER LOS DESAHUCIOS que pudieran producirse como consecuencia de los procesos hipotecarios en marcha.

Ya hemos indicado en nuestra página que la denominación DESAHUCIO es totalmente incorrecta y se está empleando de forma equivocada pero dado que se ha impuesto de forma rotunda en la opinión pública, así lo empleamos.

Con este término de desahucio se está haciendo referencia a la fase final de las ejecuciones hipotecarias, es decir cuando las personas que ocupan la vivienda subastada son obligadas a abandonar la misma por la fuerza. Esto es lo que técnicamente se denomina LANZAMIENTO.

El Real Decreto-ley dispone la suspensión de los lanzamientos sobre viviendas habituales de los que denomina colectivos especialmente vulnerables, que son los siguientes:

a) Familia numerosa, de conformidad con la legislación vigente.

b) Unidad familiar monoparental con dos hijos a cargo.

c) Unidad familiar de la que forme parte un menor de tres años.

d) Unidad familiar en la que alguno de sus miembros tenga declarada discapacidad superior al 33 por ciento, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite acreditadamente de forma permanente para realizar una actividad laboral.

e) Unidad familiar en la que el deudor hipotecario se encuentre en situación de desempleo y haya agotado las prestaciones por desempleo.

f) Unidad familiar con la que convivan, en la misma vivienda, una o más personas que estén unidas con el titular de la hipoteca o su cónyuge por vínculo de parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad, y que se encuentren en situación personal de discapacidad, dependencia, enfermedad grave que les incapacite acreditadamente de forma temporal o permanente para realizar una actividad laboral.

g) Unidad familiar en que exista una víctima de violencia de género, conforme a lo establecido en la legislación vigente, en el caso de que la vivienda objeto de lanzamiento constituyan su domicilio habitual.

Si alguna persona se encuentra en alguno de los supuestos anteriores puede presentar ante el Juzgado el MODELO DE ESCRITO que hemos preparado para solicitar la SUSPENSIÓN INMEDIATA del lanzamiento. Solamente es necesario rellenar los datos que faltan.

En el caso de que tengais algún problema para descargarlo, o dudas a la hora de rellenarlo, sólo teneis que solicitar un modelo en word en nuestro correo sanza@sanzasoluciones.com.

miércoles, 24 de octubre de 2012

SEPARACION Ó DIVORCIO... DE OTRA FORMA

Tras el período vacacional, aumentan los casos de divorcio y separación, aunque  la actual situación de crisis económica está provocando que incluso las parejas demoren la solución a su ruptura. Pero la realidad está ahí y desde SANZASOLUCIONES queremos ofrecer, a lo largo del mes de noviembre, unas condiciones especiales y diferentes para los conflictos derivados de las cuestiones matrimoniales.

Por nuestra experiencia sabemos la difícil situación de cualquier persona que toma la decisión de separarse: no sabe donde por dónde empezar, a quien acudir.. y nos da miedo la toma de decisiones. De hecho, se suelen dejar latentes durante mucho tiempo, lo que provoca un recrudecimiento de las tensiones en el seno de la pareja y de la familia.

SANZASOLUCIONES se acerca a estos problemas de una forma diferente, frente a la frialdad y distancia con la que son tratadas habitualmente.

En primer lugar, te vamos a escuchar atentamente, sabiendo lo difícil e importante que es para ti hablar de algo tan personal, privado e íntimo y que además duele. Trataremos con toda delicadeza el principal problema, el de los hijos; buscando la mejor solución para ellos y en definitiva para ti. Te brindamos la posibilidad de escucharles. Mediamos tu situación familiar, siempre en un clima acogedor y un trato agradable para que os podáis sentir más cómodos y tranquilos para escuchar y ser escuchados.

A partir de ahí,  una vez estudiada tu situación, te ofreceremos las posibilidades que existan menos traumáticas para disolver la convivencia... o para restablecerla, bien a través de la mediación o bien, poniendo en marcha los procedimientos judiciales existentes, o ambas. Y tu decides, es tu vida y tu familia.

Somos profesionales y te acercaremos a las soluciones a tus problemas de familia de la manera que tú lo entiendas mejor y, así, puedas decidir bien lo que quieres y cómo lo quieres.

De estas situaciones conflictivas resultan también cosas positivas que tenemos que saber aflorar; se trata de conseguir una nueva vida familiar de acuerdo con el cambio de circunstancias, y ser conscientes de que con la separación no acaba todo sino que comienza otro tipo de relación familiar que no es ni mejor ni peor, sino  diferente.

Durante el mes de NOVIEMBRE si te encuentras en esta situación o quieres modificar las condiciones de una separación ya realizada, te esperamos en SANZASOLUCIONES No te vamos a cobrar la primera visita, te brindaremos el mayor tiempo posible para tener clara tu situación y, una vez que tengamos estudiado tu tema, te vamos a proponer, sin duda, las mejores soluciones, con un precio económico, que tenga en cuenta tu situación personal y las actuales circunstancias.

Os esperamos!!!

Teléfono 915315954

lunes, 1 de octubre de 2012

PRECIO ESPECIAL - CONTRATOS DE EMPRENDEDORES - 8 AL 18 DE OCTUBRE

¿Los conoces?, ¿Conoces sus ventajas para las pequeñas y medianas empresas?


Te elaboramos por 50 euros tu contrato de emprendedores personalizado.

Y también podemos gestionar los beneficios fiscales y de seguridad social de acuerdo con tus intereses.

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Tfno: 915315954