lunes, 19 de noviembre de 2012

PARALIZACIÓN DESAHUCIOS ESCRITO A PRESENTAR

El Real Decreto-ley 27/2012, de 15 de noviembre, permite SUSPENDER LOS DESAHUCIOS que pudieran producirse como consecuencia de los procesos hipotecarios en marcha.

Ya hemos indicado en nuestra página que la denominación DESAHUCIO es totalmente incorrecta y se está empleando de forma equivocada pero dado que se ha impuesto de forma rotunda en la opinión pública, así lo empleamos.

Con este término de desahucio se está haciendo referencia a la fase final de las ejecuciones hipotecarias, es decir cuando las personas que ocupan la vivienda subastada son obligadas a abandonar la misma por la fuerza. Esto es lo que técnicamente se denomina LANZAMIENTO.

El Real Decreto-ley dispone la suspensión de los lanzamientos sobre viviendas habituales de los que denomina colectivos especialmente vulnerables, que son los siguientes:

a) Familia numerosa, de conformidad con la legislación vigente.

b) Unidad familiar monoparental con dos hijos a cargo.

c) Unidad familiar de la que forme parte un menor de tres años.

d) Unidad familiar en la que alguno de sus miembros tenga declarada discapacidad superior al 33 por ciento, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite acreditadamente de forma permanente para realizar una actividad laboral.

e) Unidad familiar en la que el deudor hipotecario se encuentre en situación de desempleo y haya agotado las prestaciones por desempleo.

f) Unidad familiar con la que convivan, en la misma vivienda, una o más personas que estén unidas con el titular de la hipoteca o su cónyuge por vínculo de parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad, y que se encuentren en situación personal de discapacidad, dependencia, enfermedad grave que les incapacite acreditadamente de forma temporal o permanente para realizar una actividad laboral.

g) Unidad familiar en que exista una víctima de violencia de género, conforme a lo establecido en la legislación vigente, en el caso de que la vivienda objeto de lanzamiento constituyan su domicilio habitual.

Si alguna persona se encuentra en alguno de los supuestos anteriores puede presentar ante el Juzgado el MODELO DE ESCRITO que hemos preparado para solicitar la SUSPENSIÓN INMEDIATA del lanzamiento. Solamente es necesario rellenar los datos que faltan.

En el caso de que tengais algún problema para descargarlo, o dudas a la hora de rellenarlo, sólo teneis que solicitar un modelo en word en nuestro correo sanza@sanzasoluciones.com.