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(09/09/2015)
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Ya ha sido
publicada y se encuentra en vigor la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo
a los emprendedores y su internacionalización, que regula las nuevas formas
de adquirir la residencia en España por diferentes motivos, entre los que
se encuentra, la compra de una vivienda. Son múltiples las consultas que
recibimos y con el objeto de facilitar una compresión lo más clara y sencilla
posible de esta nueva regulación publicamos este trabajo.
CONDICIONES DE LA VIVIENDA
La nueva Ley
establece la posibilidad de conseguir la residencia española para los
extranjeros que puedan realizar una inversión consistente en la compra de una
vivienda u otros inmuebles. Los requisitos que deben cumplirse son los siguientes:
-
Inversión por valor igual o superior a
500.00 euros.
-
No es necesario que esta cantidad se
dedique a una sola vivienda o inmueble, sino que pueden ser varios.
-
La inversión de 500.000 euros tiene
que estar libre de cargas. Es decir que la compra de la vivienda no
puede financiarse mediante hipoteca en ese importe; en lo que exceda de esa
cantidad, sí es posible.
LAS FORMAS DE RESIDENCIA
Los nuevos
supuestos de residencia para los extranjeros que compren vivienda con las
condiciones indicadas son: 1) El visado de residencia para inversores y 2) La
autorización de residencia para inversores.
Para obtener este
visado deben cumplirse los siguientes requisitos (se expresan de forma
genérica) por el extranjero que lo solicite:
-
No encontrarse irregularmente en
España.
-
Ser mayor de 18 años.
-
No tener antecedentes penales.
-
No figurar como rechazable en el
territorio de países con los que España tenga firmado un convenio en tal
sentido.
-
Tener un seguro de enfermedad.
-
Tener recurso económicos suficientes:
2130 euros mensuales más 532 euros más por cada miembro de la familia (año
2013; en el 2014 la cantidades variarán).
-
Abonar la tasa.
-
Acreditar la compra de vivienda o
inmueble por importe mínimo de 500.000 euros. Para ello
hay que presentar una certificación del Registro de la Propiedad que
corresponda a dicha vivienda o inmueble.
2) AUTORIZACIÓN DE
RESIDENCIA.
Autoriza para
residir en España durante un período superior a un año. Tiene una
duración de dos años y puede renovarse por otros dos años. Se solicita
ante una Dirección General del Ministerio de Empleo y tiene que resolverse en
el plazo de veinte días. Si no se resuelve en este plazo la solicitud se
entiende estimada.
Para conseguir esta
autorización deben cumplirse, aparte de todos los requisitos indicados
anteriormente para el visado de residencia, los siguientes:
-
Ser titular de un visado de residencia
para inversores.
-
Haber viajado a España al menos una
vez durante el período autorizado para residir.
-
Acreditar que se mantiene la inversión;
es decir, que la vivienda o inmueble no se han vendido. Hay que presentar la
correspondiente certificación del Registro de la Propiedad.
CONCLUSIONES IMPORTANTES A TENER EN CUENTA
El “Visado de
Residencia para Inversores” permite permanecer en el territorio de España por
un tiempo de un año como máximo.
La “Autorización de
Residencia para Inversores” permite permanecer en España durante dos años,
renovables por otros dos años.
En ambos casos, el
extranjero titular de visado o autorización puede desplazarse por Europa dentro
del denominado “territorio Schengen”.
No es necesaria la
“residencia fiscal” en España para conseguir la “Autorización de Residencia” o
su renovación. Es decir el extranjero puede ausentarse por tiempo superior a
seis meses al año del territorio español.
Sí es necesario,
como mínimo, una estancia en España durante el primer año del “Visado de
Residencia” y mantener la inversión si se quiere acceder tanto a la
“Autorización” como a su renovación.
El cónyuge e hijos
menores (y mayores que no puedan proveer sus propias necesidades) del
extranjero inversor pueden solicitar igualmente tanto el “visado” como la
“autorización” de residencia siempre y cuando el mismo cumpla los requisitos;
es decir, que es suficiente la inversión de una persona para que de la misma se
beneficie, por así decirlo, su familia.
EL PROCESO PARA COMPRAR LA VIVIENDA Y OBTENER LA RESIDENCIA
En un estudio
anterior publicado en este BLOG ya indicábamos la forma de comprar vivienda
en España y obtener la residencia legal . A la luz de la nueva Ley
ahora publicada podemos decir lo siguiente.
Para comprar una
vivienda en España por parte de un extranjero no se pide requisito de
residencia o nacionalidad. Es suficiente con que tenga N.I.E. (Número de
Identificación de Extranjero). Por supuesto que son necesarios determinados
trámites y documentación pero no es ahora el momento de indicarlos todos.
Por tanto, el
extranjero que quiera comprar una vivienda en España y conseguir la residencia
por ello, lo primero que tiene que hacer es, evidentemente, comprar esa
vivienda. Lo más normal será que el extranjero venga a España para ver el
inmueble que quiera comprar y dejar organizada la documentación que va a ser
necesaria para ello. La forma más fácil de organizar esta primera visita sería
a través de un visado de estancia que autoriza a permanecer en España durante 3
meses (estamos hablando de extranjeros no pertenecientes a la U.E.). La nueva
Ley regula también un visado de estancia para inversores.
En esta visita el
extranjero, si así lo desea puede incluso dejar formalizada la compra, pero lo
más habitual será que designe a un representante (apoderado) en España que se
encargue de realizar todos los trámites necesarios hasta la inscripción de la
compra en el Registro de la Propiedad, que es el requisito que se exige para
poder solicitar la residencia.
Realizado lo
anterior, ya puede solicitarse ante el correspondiente Consulado Español el
visado de residencia para inversores que, recordemos, debe resolverse en el
plazo de diez días. Conseguido el visado, la persona puede entrar y residir en
España durante un año. Posteriormente podrá solicitar la autorización de
residencia y, si tras ello quiere continuar residiendo en España, puede acceder
a la autorización de residencia de larga duración si cumple los requisitos para
ello.
___________________________
NEW LEGAL RESIDENCE FOR PURCHASE OF PROPERTY IN SPAIN
It has been published and is in effect the Law 14/2013 of 27 September, support for entrepreneurs and internationalization , which regulates new ways to acquire residence in Spain for several reasons , among which is , buying a home. There are multiple inquiries that we receive, and in order to facilitate a clear and simple as possible in this new regulation compression publish this work.
HOUSING CONDITIONS
The new law provides for the possibility to get Spanish residency for foreigners who might make an investment involving the purchase of a home or other property . The requirements to be met are:
- Investment of equal or greater value to 500000 euros.
- It is not necessary that this amount be dedicated to a
single dwelling or property, but may be several.
- The investment of 500,000 euros has to be free of charges. Ie purchase of housing
can not be financed through mortgage in that amount, in excess of what that
amount, yes it is possible.
FORMS OF RESIDENCE
The alleged new residence for foreigners to buy property with the given conditions are: 1 ) The residence visa for investors and 2 ) The residence permit for investors .
1) RESIDENCE VISA
Authorized to reside in Spain for a year without having to process the foreign identity card. It is requested to the corresponding Spanish Consulate of the country in which you reside abroad and resolved within ten days.
For this visa, the following requirements must be met (expressed generically) the alien requests:
- No irregularly found in Spain.
- Be 18 years old.
- No criminal record.
- Not listed as objectionable in the territory of
countries with which Spain has signed an agreement to that effect.
- Having a health insurance.
- Have sufficient financial resources: 2130 euros per
month plus 532 euros for each additional family member.
- Pay the fee.
- Evidence
homeownership or property for a minimum amount of 500000 euros. To do this
you have to present a certificate of Land Registry corresponding to that home
or property.
2) AUTHORIZATION OF RESIDENCE.
Authorized to reside in Spain for more than one year. It lasts for two years and may be renewed for another two years. Is requested before a General Directorate of the Ministry of Employment and must be resolved within twenty days. If not resolved within that time the request is understood estimated.
To get this authorization must be met in addition to all the above requirements for residence visa, the following:
- To hold a residence visa for investors .
- Having traveled to Spain at least once during the
period authorized to reside.
- Evidence that
the investment is maintained, ie, that the home or property is not sold.
Must submit the appropriate certification from the Registry of Property.
MAJOR FINDINGS TO CONSIDER.
The "Residence Visa for Investors" allowed to remain in the territory of Spain for a period of up to one year.
The "Residence Permit for Investors" allowed to stay in Spain for two years, renewable for another two years.
In both cases, the foreign visa or permit holder can scroll through Europe in the so-called "Schengen area ".
"Tax residence" in Spain is not necessary to achieve the "Residence Permit" or renewal. I mean the alien may be absent for more than six months a year of Spanish territory time.
You do need at least a stay in Spain during the first year of the "Residence Visa" and maintain the investment if you want to access both the "Authorization" and its renewal.
The spouse and minor children ( and adults who can not provide for their own needs ) a foreign investor may also request both "Visa" and "authorization " of residence as long as it meets the requirements, ie, it is sufficient investment of a person to the same benefits, as it were, his family.
PROCESS TO
PURCHASE HOUSING AND OBTAIN RESIDENCE.
In a previous study published in this BLOG we indicated how to buy property in Spain an obtain legal residency. In light of the new law now published can say the following.
To buy a home in Spain by a foreign is not necessary residence requirement or national calls. It is enough to have N.I.E. (Foreigner Identification Number). Of course, certain procedures and documentation are necessary but not now time to state them all.
Therefore, the foreigner who wants to buy a home in Spain and therefore get residency, the first thing to do is obviously to buy that house . Most often you will come abroad to Spain to see the property you want to buy and leave organized documentation will be required for this. The easiest way to organize this first visit would be through a visitor's visa authorizing stay in Spain for 3 months (we're talking about foreigners outside the EU).
On this visit abroad, if you want you can even let you complete your purchase, but more often will designate a representative (proxy) in Spain to be responsible for making all necessary arrangements until registration cart in the Register Property , which is the requirement that is required to apply for residency.
Done the above and can be ordered with the corresponding Consulate Spanish residence visa for investors who, remember, must be settled within ten days. Achieved the visa, the person may enter and stay in Spain for a year. You can then apply for a residence permit and if after that you want to continue living in Spain, you can access the authorization of long-term residence if you qualify for it.
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西班牙购房投资移民
2013年9月28日,西班牙涉及到购房投资移民的新法律Ley
14/2013, 支持企业家和国际支持,正式出台,这个法律在起草期间征求了社会各界人士的意见,经过几次修改更订,最终与民众见面。这个法律中最值得我们华人关注的部分,即为购买50万欧元或以上的不动产,即可获得西班牙投资居住签证。
住房条件
新的法律规定了获得西班牙居住的外国人可以购买一个家或其他房地产投资者进行投资的可能性。必须满足的要求,如下所示:
申请人须在西班牙购买50万欧元或以上的不动产,其中对不动产的数量没有限制,可购买一套或多套房产,只要总价值达到或超过50万欧元即可
另外对不动产的类别也没有限制,可购买住房、门市、土地等均可。所购买的房产可以自住也可用于出租。
另外,50万欧元必须为全额付款,如果超过50万的部分,可以申请贷款
居住形式
新课程的居留的外国人购买住房的条件是:
1) 投资者的居留签证 2) 投资者居住证.
1) 居留签证( visado de residencia)
授权一年在西班牙居住无需处理与身份证。由居住在国外的国家相应的西班牙领事馆提示并且在十天内得到解决。
主申请人要求:
-主申请人须年满18岁
-没有非法居住在西班牙
-无犯罪记录
-无西班牙驱逐令,
-有私人医疗保险。
- 你有足够的经济资源:
2130 欧元一个月更多欧元 532 每个家庭的每个成员 (2013 ;
2014 年年量可能会发生变化)。
- 支付的费用 购房信贷或财产的最低金额为50万欧元。对于这一点,我们必须提出相应的财产,在家中或财产的登记证书。
2)居住证( autorización de residencia)
首先要明确的是,购买西班牙50万欧元及以上房产,所获得的首先是西班牙投资居住签证,而非西班牙居留,但是,在签证到期后,如果满足一定条件,可以申请西班牙投资居留。
- 投资者持有居留签证
- 在允许居住期间至少一次前往西班牙
- 证明投资保持,即尚未售出的房子或财产。必须提交有关该物业的登记证书
要考虑的重要调查结果
西班牙投资居住签证(Visado de residencia para inversores)并不等同于西班牙投资居留 (Autorización de
residencia para inversores),主要区别是投资居住签证的有效期为1年,每年到期须到领馆或警察局申请延签。西班牙投资居留的有效期为2年,每两年须更换一次,即“两年在两年在两年”。西班牙投资居留同样没有移民监的限制。
买房子的过程,并得到居住
该法律所指的西班牙投资居住签证也叫长期签证。与目前西班牙领馆颁发的各种签证不同(最长期限为三个月),该签证的有效期长达一年,在签证有效期间,签证持有人可多次入境西班牙或在西班牙居住,而无需申请居留卡,因此没有移民监,给持有人带来了极大的方便。
申请人在满足一些基本要求之外那么,西班牙投资居住签证如何转换成西班牙投资居留呢?,如无犯罪记录、无驱逐令、有医疗保险等,还需满足一些特定要求,比如在签证有效期间内入境西班牙至少一次,继续持有所购房产,或又购买了新的超过50万欧元的房产,缴纳了相应的税费等。
获得西班牙投资居留满5年后,可申请长期居留,也就是我们常说的永居权。获得居留满10年后,可申请西班牙国籍。但是需要注意的是,申请永居权和西班牙国籍的时候,对在西班牙实际居住的时间是有要求的.
Entiendo que vivienda y otros inmuebles incluye terrenos urbanizables, terrenos urbanos, etc. ¿no?
ResponderEliminarAsí es: cualquier tipo de inmueble con independencia de la calificación urbanística que el mismo tenga. Por tanto, también fincas rústicas.
EliminarEste comentario ha sido eliminado por un administrador del blog.
ResponderEliminarlos compradores como pueden enviar tanto dinero desde su pais natal a españa para adquirir una vivienda de 500000 euros? ps: creo que en China cada persona solo puede enviar una vez al dia en una cantidad alrededor de 35000 euros. ¿hay alguna solucion para enviar dinero desde china a españa en una sola vez?
ResponderEliminarUn saludo
La circunstancia de hacer llegar el dinero desde otro país a España para adquirir un inmueble puede ser más o menos complejo dependiendo del país en cuestión. Todos los países tienen límites y normas a las salidas de capital de su territorio.
EliminarLa operación de compra de una vivienda o inmueble hay que prepararla y gestionarla con tiempo suficiente pues implica diversos trámites ante diversas administraciones y entidades. Cuando la compraventa es internacional, como es el caso en cuestión, adquiere mayor complejidad. Por tanto, se necesita tiempo y, dentro de este tiempo, es donde también se gestionan las circunstancias relativas al traspaso de dinero desde el país extranjero a España.
La forma habitual de realizar el movimiento de dinero va a ser a través de entidades bancarias que operen en ambos países. Existen convenios y acuerdos entre las entidades bancarias de diferentes países por las que se facilitan las transacciones internacionales y se reducen las comisiones derivadas de las mismas. Por el momento, esta cuestión no nos ha supuesto ningún problema, pues ha sido perfectamente gestionada por las entidades con las que trabajamos.
Sin embargo, no es la única forma posible, pues el mercado ofrece otras alternativas más o menos interesantes, de realizar movimiento de dinero entre países. Los límites y normas que operan, se solucionan en cada caso en cuestión.
Ten en cuenta que estamos hablando de una operación completamente legal, en cuanto supone la obtención de la “residencia legal” en un país de la Unión Europea, con todo lo que ello implica.
Y si ya se tiene una propiedad anterior a esta Ley. Se puede comprar otra y juntarlas hasta el valor de 500.000 euros para recibir la residencia en España?
ResponderEliminarLa pregunta que haces es una de las que más nos realizan. La ley no dispone nada al respecto; es decir, no indica que la adquisición del inmueble tiene que ser posterior a su entrada en vigor para poder acceder al visado de residencia para inversores.
EliminarTenemos la interpretación que el órgano administrativo encargado de coordinar la aplicación de la Ley en materia de visados ha realizado para un supuesto concreto con relación a la solicitud de información formal al respecto que realizamos desde nuestro Despacho. Al tratarse de un supuesto determinado no podemos darle publicidad indiscriminada, sin perjuicio de que puedas ponerte en contacto con nosotros por la vía que estimes más oportuna (teléfono, correo electrónico…) para que te podamos dar una respuesta al caso concreto que nos plantees. Disculpa nuestra precaución; creemos que es necesaria en este tema.
En el caso de que dos hermanos compren un bien inmueble, siendo uno de ellos menor de edad, cabria la obtencion del visado de residencia para ambos?
ResponderEliminarLa pregunta que realizas es más una cuestión civil que de régimen de visados. Un menor de edad tiene “capacidad jurídica”, pero no tiene “capacidad de obrar” y, por tanto, para la realización de actos jurídicos (compra de un inmueble) necesita la asistencia de su progenitores o tutores. Por otra parte, tampoco parece, digamos, “razonable” que un menor obtenga una residencia en país diferente al que residen sus progenitores; es por ello que la Ley prevé que los menores puedan obtener directamente este tipo de residencia cuando la obtengan sus progenitores. Y por último la adquisición del inmueble en cotitularidad no puede sino suponer problemas a la hora de obtención de un visado de residencia para inversores, pues debe acreditarse una inversión de valor igual o superior a 500.000 euros por cada solicitante.
EliminarMe comentan que es requisito, cuando haces los trámites para solicitar el visado de residencia, un certificado de impuestos para demostrar que los 500.000€ no son dinero negro. Es cierto este requisito? En paises como china, este tipo de certificado de impuestos no existe....
ResponderEliminarMe comentan que es requisito, cuando haces los trámites para solicitar el visado de residencia, un certificado de impuestos para demostrar que los 500.000€ no son dinero negro. Es cierto este requisito? En paises como china, este tipo de certificado de impuestos no existe....
ResponderEliminarLo que denominas “certificado de impuestos” no es ninguno de los requisitos ni documentos exigidos por la legislación para la obtención del visado y posterior autorización o permiso de residencia y, de hecho, no se exige por los Consulados. La cuestión relativa al “dinero negro” tiene otras vías de control en operaciones de este tipo. Ponte en contacto con nosotros y te las explicamos.
EliminarHola.
ResponderEliminarYo compre la vivienda superior a 500 mil euros el 25 de Septiembre fecha escritura del 2013 y está inscrita en el Registro de la Propiedad en Noviembre.
Puedo solicitar el visado de inversor?
Gracias
En definitiva, lo que preguntas es si, al haber adquirido la vivienda antes de la entrada en vigor de la Ley, tienes acceso a la residencia. Tenemos otros clientes en situación igual o similar. Para darte la respuesta apropiada tenemos que hablar contigo pues necesitamos conocer algunos datos a fin de saber si tendrías acceso (es bastante posible que sí). Nos puedes llamar a los teléfonos 915315954 ó 663107900.
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